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Impostop

Fuente: DIAN y Estatuto Tributario · Actualizado el 8 oct 2026

Sanción mínima 2026

Respuesta corta

La sanción mínima tributaria en 2026 es de $ 524.000: 10 UVT según el artículo 639 del Estatuto Tributario, con la UVT 2026 de $ 52.374 fijada por la DIAN en la Resolución 000238 de 2025.

El cálculo

UVT 2026
$ 52.374
× 10 UVT (art. 639)
$ 523.740
Redondeo al múltiplo de mil (art. 868)
$ 524.000

Un ejemplo con extemporaneidad

Si declaras con 2 meses de retraso un impuesto a cargo de $ 2.000.000, la sanción por extemporaneidad del artículo 641 es del 5 % por mes o fracción: $ 200.000. Como esa cifra es menor a la sanción mínima, pagas $ 524.000, más los intereses de mora sobre el impuesto.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la sanción mínima en 2026?

Es de $ 524.000. El artículo 639 del Estatuto Tributario la fija en 10 UVT y la UVT 2026 es de $ 52.374 (Resolución DIAN 000238 de 2025): 10 × $ 52.374 = $ 523.740, que se redondea al múltiplo de mil más cercano (art. 868).

¿La sanción mínima aplica aunque no deba impuesto?

Sí. Es el piso de cualquier sanción que tengas que liquidar tú o que imponga la DIAN, incluso si la declaración no tiene impuesto a cargo.

¿Puedo pagar menos con la reducción de sanciones?

La reducción del artículo 640 del Estatuto Tributario baja el porcentaje de la sanción, pero el resultado nunca puede quedar por debajo de la sanción mínima.

¿Aplica a los impuestos municipales?

Los municipios tienen su propia sanción mínima en su estatuto tributario. Revisa el de tu ciudad.

Fuentes

Actualizado el .